El revés judicial a los aranceles de Trump reconfigura el tablero para México y el T-MEC
La Corte Suprema acotó el uso de poderes de emergencia para imponer aranceles y abrió una fase de mayor litigio y negociación comercial con impactos directos en México.
La decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos de frenar los aranceles impuestos por la vía de poderes de emergencia reordenó, de golpe, la estrategia comercial de la Casa Blanca y reactivó la incertidumbre para México, cuyo desempeño exportador depende de manera estructural del mercado estadounidense. El fallo—que invalidó la utilización de la Ley de Poderes Económicos en Emergencias Internacionales (IEEPA) para cobrar tarifas generalizadas—no desaparece el impulso proteccionista, pero sí obliga a Washington a transitar hacia instrumentos con procedimientos más largos, mayor sustento legal y, en muchos casos, espacio para negociación.
Para la economía mexicana, el episodio es relevante por dos vías: la primera, porque confirma que las medidas comerciales extraordinarias pueden ser frenadas por contrapesos institucionales en Estados Unidos, lo que reduce el riesgo de cambios abruptos “de un día para otro”; la segunda, porque empuja a la administración estadounidense a usar herramientas tradicionales (como las secciones 122, 301 y 232) que suelen derivar en procesos formales, consultas, investigaciones sectoriales y presiones selectivas, justo donde México tiene mayores exposiciones en autos, autopartes, acero, aluminio y cadenas industriales integradas.
En el arranque del segundo mandato de Donald Trump, la Casa Blanca justificó aranceles por motivos de seguridad nacional vinculados al fentanilo y la migración, y posteriormente amplió el alcance para atacar déficits comerciales con un esquema de “reciprocidad” que elevó costos a importadores estadounidenses y tensó relaciones con aliados. Ese viraje fue clave en tribunales: lo que se presentó como respuesta temporal comenzó a parecer una política arancelaria permanente sin autorización explícita del Congreso, y los demandantes—principalmente pequeñas y medianas empresas importadoras—lograron llevar el caso hasta la Corte.
El dictamen, emitido el 20 de febrero de 2026, obligó a suspender el cobro de derechos asociados a IEEPA y abrió discusiones sobre reembolsos y ajustes contractuales. Aunque el fallo aplica en territorio estadounidense, su efecto se extiende a México por el tamaño del canal exportador: las ventas al exterior representan una parte decisiva de la actividad manufacturera y del empleo en estados del norte y del Bajío, mientras que la inversión vinculada al “nearshoring” ha apostado por la estabilidad de acceso al mercado de Estados Unidos.
Para México, además, el detalle operativo importa: una proporción elevada de exportaciones entra bajo reglas del T-MEC, lo que en la práctica ha amortiguado choques arancelarios cuando las mercancías cumplen con requisitos de origen. Sin embargo, ese “escudo” no es absoluto: el cumplimiento de reglas requiere trazabilidad, contenido regional y procesos aduaneros más complejos. En momentos de presión comercial, los incentivos para reforzar auditorías, verificación de origen y revisiones en frontera aumentan, y ahí las empresas mexicanas enfrentan costos administrativos, retrasos logísticos y riesgos de sanción si hay discrepancias.
De la emergencia a los instrumentos “clásicos”: más tiempo, más selectividad
El cambio de IEEPA hacia herramientas como la Sección 122 de la Trade Act de 1974 y, en paralelo, investigaciones bajo las secciones 301 y 232, implica un entorno distinto para México. La Sección 122 ofrece recargos temporales ante desequilibrios internacionales, pero está acotada por plazos y exige una ruta institucional que suele involucrar discusiones en el Congreso. En tanto, la Sección 301 se enfoca en prácticas consideradas injustas y puede derivar en listas de productos o medidas dirigidas; la Sección 232, por su parte, se apoya en criterios de seguridad nacional y ha sido utilizada en industrias estratégicas. Para México esto significa que la presión podría desplazarse desde aranceles generalizados hacia expedientes sectoriales donde el cabildeo, la evidencia técnica y la coordinación bilateral pesan más, pero también donde las medidas pueden ser quirúrgicas y afectar nodos específicos de la cadena de suministro.
En el corto plazo, una consecuencia probable es la intensificación de la diplomacia económica. México tiene incentivos para sostener un diálogo permanente con el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) y con el Departamento de Comercio para anticipar investigaciones, defender la integración regional y evitar que disputas políticas se traduzcan en fricciones aduaneras. El reto es que la agenda comercial se cruza con temas de seguridad, migración y control de precursores químicos, lo que vuelve más compleja la negociación: aun si un mecanismo arancelario cae en tribunales, el gobierno estadounidense puede reencuadrar la presión mediante otras herramientas o mediante revisiones administrativas.
Para el sector privado mexicano, el episodio refuerza la necesidad de “blindaje” documental: cumplimiento estricto del T-MEC, certificaciones de origen, trazabilidad de insumos y controles internos que soporten auditorías. Esto es especialmente relevante para empresas medianas que se incorporaron a cadenas de exportación por la relocalización de producción; una investigación sectorial o un endurecimiento de inspecciones puede convertir una ventaja logística en un cuello de botella financiero por inventarios detenidos, mayores tiempos de cruce y costos de cumplimiento.
En los mercados, la señal también se refleja en la percepción de riesgo. Cuando la política arancelaria se vuelve menos impredecible—por estar sujeta a procedimientos y litigios—tiende a moderarse la volatilidad asociada a decisiones súbitas. Sin embargo, la incertidumbre no desaparece: se traslada hacia procesos más largos, con filtraciones, borradores, rondas de consulta y escenarios de represalias, lo que exige a empresas y autoridades mexicanas una lectura fina de tiempos regulatorios en Estados Unidos.
En perspectiva, el fallo de la Corte Suprema acota una vía expedita para imponer aranceles, pero no cambia el hecho de que el comercio seguirá en el centro de la política económica estadounidense. Para México, el mensaje es doble: hay contrapesos que pueden limitar medidas extraordinarias, pero la presión comercial puede reaparecer con fundamentos legales más robustos y con foco en sectores estratégicos. La mejor defensa, en este entorno, combina cumplimiento del T-MEC, diversificación gradual de mercados y una gestión activa de riesgos regulatorios y logísticos en la frontera.
En síntesis, la resolución judicial reduce la probabilidad de aranceles generalizados impuestos por sorpresa, pero abre una etapa de disputas más técnicas y selectivas; México gana tiempo, no inmunidad, y su reto será sostener certidumbre para inversión y exportación en un contexto de política comercial estadounidense persistente.





