Auditorías exprés del SAT en 2026: la nueva ofensiva contra facturas falsas y su impacto en la economía formal

13:18 29/01/2026 - PesoMXN.com
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Auditorías exprés del SAT en 2026: la nueva ofensiva contra facturas falsas y su impacto en la economía formal

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se prepara para intensificar en 2026 un esquema de “auditorías exprés” orientado a detectar la emisión y el uso de CFDI que, aun timbrados, no respalden operaciones reales. El cambio, incorporado al Código Fiscal de la Federación mediante ajustes al artículo 29-A, busca acotar prácticas asociadas con empresas fachada, evasión fiscal, desvío de recursos y lavado de dinero, en un momento en que la recaudación y la fiscalización se han convertido en pilares del financiamiento público.

La figura no parte de cero: desde 2014, el SAT utiliza el procedimiento del artículo 69-B para identificar contribuyentes sin capacidad operativa —sin personal, activos o infraestructura— y, de ser el caso, incorporarlos a listados que se publican en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Sin embargo, la diferencia central del nuevo modelo es la velocidad y la sorpresa. Mientras el 69-B contempla ventanas amplias y comunicación a través del Buzón Tributario, las auditorías exprés reducen drásticamente los tiempos para que el contribuyente pruebe la “materialidad” de la operación: que el servicio o bien existió, fue entregado y tuvo una razón de negocio verificable.

En la práctica, el procedimiento se activa cuando la autoridad presume que un contribuyente emite comprobantes sin existencia o trazabilidad suficiente. La visita puede realizarse sin aviso previo al domicilio fiscal o al lugar donde efectivamente se presta el servicio —desde oficinas y bodegas hasta espacios de trabajo en casa— y puede incluir la notificación de una orden de visita, levantamiento de actas y, en un punto especialmente sensible para las empresas, la restricción temporal de sellos digitales, lo que impide facturar de manera inmediata y puede frenar la operación cotidiana.

De acuerdo con especialistas fiscales, durante la diligencia la autoridad puede apoyarse en evidencias como fotografías, video, audio, geolocalización o incluso herramientas tecnológicas para validar si existe capacidad operativa. El contribuyente, por su parte, enfrenta plazos muy cortos: dispone de días para desvirtuar la presunción con pruebas que vayan más allá de “contrato y factura”. En la lógica que han sostenido criterios judiciales recientes, la documentación de soporte debe probar que la operación ocurrió: entregables, bitácoras, correos, órdenes de compra, evidencia de logística, comprobantes de pago, reportes de servicio, inventarios o cualquier rastro verificable del flujo real de bienes y servicios.

Si la autoridad considera suficientes las pruebas, libera los sellos digitales y el caso se cierra. Si no, el contribuyente puede ser incorporado a listados de presuntos emisores de CFDI sin sustancia económica, y se abre un efecto dominó sobre terceros: clientes o receptores de esos comprobantes tendrían que corregir su situación fiscal mediante declaraciones complementarias, revertir acreditamientos de IVA y eliminar deducciones de ISR. En caso de no hacerlo, el SAT podría restringir también sus sellos digitales, llevando el problema desde el emisor hacia la cadena de proveedores y compradores.

El endurecimiento llega en un contexto donde México enfrenta presiones estructurales para elevar ingresos públicos sin aumentar impuestos generales. En años recientes, la recaudación ha mejorado por eficiencia administrativa, digitalización y acciones contra la elusión; aun así, persiste la necesidad de financiar prioridades de gasto, proyectos de infraestructura y programas sociales, mientras el costo financiero de la deuda y el entorno de tasas elevadas han exigido un manejo más fino de las finanzas públicas. Bajo esa lógica, atacar las facturas falsas es una vía para ampliar la base gravable y reducir huecos de recaudación sin modificar tasas.

Para el sector privado, el reto será equilibrar cumplimiento y continuidad operativa. En industrias con cadenas largas —construcción, logística, servicios especializados, subcontratación permitida y manufactura— el riesgo no solo es fiscal, sino de flujo: una restricción de sellos puede traducirse en retrasos de cobro, incumplimientos contractuales y costos financieros adicionales, particularmente para pymes con menor capital de trabajo. En paralelo, las empresas con controles documentales robustos podrían beneficiarse de un mercado más ordenado, al reducirse la competencia desleal de quienes simulan costos o inflan deducciones.

Hacia adelante, el impacto dependerá de cómo se apliquen los criterios de “materialidad” y de la capacidad del SAT para distinguir entre simulación y fallas administrativas o de archivo. La tendencia apunta a una fiscalización más basada en datos, cruces automatizados y evidencia digital, lo que obliga a empresas y profesionistas a invertir en gobierno corporativo, trazabilidad de operaciones y administración documental. El mensaje implícito es claro: no bastará con timbrar correctamente; habrá que demostrar, en poco tiempo y con precisión, que la operación existió.

En síntesis, las auditorías exprés perfilan un 2026 con mayor presión de cumplimiento y tiempos de respuesta más cortos. Si bien la medida apunta a reducir evasión y cerrar espacios a empresas fachada, también elevará el costo de estar en regla y pondrá a prueba la resiliencia operativa de contribuyentes, especialmente en sectores intensivos en servicios. El balance final dependerá de una aplicación consistente, proporcional y con certeza jurídica para evitar que el combate a la simulación termine castigando errores formales de la economía que sí produce.

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